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La CIPM pide la devolución de la diferencia entre el precio autorizado y el pagado en ‘situaciones especiales’

La CIPM pide la devolución de la diferencia entre el precio autorizado y el pagado en ‘situaciones especiales’

La Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos (CIPM) ha introducido una cláusula en los acuerdos para la financiación de nuevos medicamentos que resulta muy relevante para los nuevos medicamentos. Se trata del compromiso de devolución por parte del laboratorio comercializador de la “diferencia entre el precio actual en el programa de acceso en situaciones especiales y el precio acordado”. Aunque no es una cláusula habitual, expertos en la materia indican a Diariofarma que no es la primera vez en que aparece.

Esto quiere decir que los precios de compra de medicamentos por procedimientos de medicación extranjera, por ejemplo, que de forma habitual son superiores a los que luego se establecen en nuestro país, dejarían de tener relevancia ya que, una vez acordado el precio, el Sistema Nacional de Salud (SNS) recuperaría el exceso de coste en el que hubiera incurrido. La situación previa suponía un incentivo a la CIPM para alcanzar un acuerdo de precio en medicamentos que se estuvieran utilizando por alguna de las vías especiales contempladas en la normativa.

MÁS INFORMACIÓN: https://www.diariofarma.com/2020/12/22/la-cipm-pide-la-devolucion-de-la-diferencia-entre-el-precio-autorizado-y-el-pagado-en-situaciones-especiales